📋Guía jurídica · LCSP 2017 actualizada

Contratos Armonizados SARA
Umbrales y Obligaciones 2024-2025

Los contratos Sujetos a Regulación Armonizada (SARA) están sometidos a las Directivas europeas de contratación pública. Conoce los umbrales vigentes, cómo calcular el VEC y todas las obligaciones adicionales que implican.

Arts. 19-24 LCSPReglamento (UE) 2023/2495Directiva 2014/24/UEArt. 44 LCSP · TACRC

1¿Qué es un contrato SARA?

SARA es el acrónimo de Sujeto a Regulación Armonizada. Son los contratos del sector público español cuyo valor estimado supera los umbrales fijados periódicamente por la Unión Europea y que, por tanto, quedan sometidos a las Directivas europeas de contratación pública —principalmente la Directiva 2014/24/UE para contratos públicos y la Directiva 2014/25/UE para sectores especiales—.

La regulación nacional se contiene en los Arts. 19 a 24 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que transpone las Directivas al ordenamiento español. El carácter SARA determina un régimen jurídico más exigente en materia de publicidad, plazos y vías de recurso.

Efectos principales de ser SARA

  • • Publicación obligatoria del anuncio de licitación en el DOUE (antes que en el BOE/BOPV/BOP)
  • • Plazos mínimos de presentación de solicitudes/ofertas más amplios
  • • Acceso al recurso especial de contratación con efecto suspensivo automático (Art. 44 LCSP)
  • • Obligación de remitir anuncio de adjudicación al DOUE en 30 días
  • • Aplicación íntegra de las Directivas europeas en materia de criterios de adjudicación, exclusión y solvencia

3Umbrales vigentes 2024-2025

La Comisión Europea revisa los umbrales cada dos años. Los vigentes para 2024 y 2025 se establecen en el Reglamento Delegado (UE) 2023/2495 de la Comisión, de 23 de octubre de 2023, que modifica la Directiva 2014/24/UE. Son los siguientes:

Tipo de contratoEntidad contratanteUmbral (sin IVA)
ObrasTodos los poderes adjudicadores5.538.000 €
SuministrosAGE y organismos autónomos143.000 €
SuministrosResto de Administraciones y entidades221.000 €
ServiciosAGE y organismos autónomos143.000 €
ServiciosResto de Administraciones y entidades221.000 €
Concesión de obrasTodos los poderes adjudicadores5.538.000 €
Concesión de serviciosTodos los poderes adjudicadores5.538.000 €

⚠️ Importante

Los umbrales se expresan siempre sin IVA (valor neto). El umbral se aplica sobre el Valor Estimado del Contrato (VEC), no sobre el precio de licitación. El IVA no computa en el cálculo del umbral (Art. 101.4 LCSP).

4Cálculo del VEC (Art. 101 LCSP)

El Valor Estimado del Contrato (VEC) es la magnitud de referencia para determinar si un contrato es SARA. Está regulado en el Art. 101 LCSP y se calcula del siguiente modo:

Fórmula del VEC (Art. 101.1 LCSP)

VEC = Precio base (sin IVA)
      + Prórrogas previstas
      + Modificaciones potenciales (hasta 10%)
      + Opciones potenciales
      + Premios o pagos a candidatos (si los hay)

Ejemplo práctico: Un contrato de servicios de limpieza con precio anual de 190.000 € (sin IVA), duración de 2 años y 1 prórroga de 1 año:

Precio anual sin IVA190.000 €
× 2 años de duración inicial380.000 €
+ 1 prórroga de 1 año+ 190.000 €
VEC total570.000 €

VEC = 570.000 € > umbral de servicios para entidad no AGE (221.000 €) → Contrato SARA

❌ Prohibición de fraccionamiento (Art. 99.2 LCSP)

Está prohibido fraccionar artificialmente un contrato para eludir los umbrales. La valoración se hace considerando el conjunto del objeto contractual. Si la división tiene por finalidad evadir el umbral SARA, el contrato puede ser declarado nulo y los responsables incurrir en responsabilidad disciplinaria.

5Obligaciones específicas de los contratos SARA

Superar los umbrales activa un conjunto de obligaciones adicionales que no aplican a los contratos no armonizados:

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Anuncio en el DOUE

El anuncio de licitación debe publicarse en el Diario Oficial de la UE (DOUE) antes que en el BOE/BOP autonómico. La publicación en el DOUE se tramita a través del portal TED (Tenders Electronic Daily).

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Plazos mínimos más amplios

Los plazos para presentar solicitudes de participación y proposiciones son más largos que en contratos no SARA, especialmente en procedimientos abiertos y restringidos.

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Recurso especial (Art. 44 LCSP)

Los actos preparatorios y de adjudicación son susceptibles de recurso especial de contratación con efecto suspensivo automático de 15 días hábiles (Art. 53 LCSP).

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Anuncio de adjudicación

En el plazo de 30 días desde la formalización, debe publicarse el anuncio de adjudicación en el DOUE conforme al Art. 154.2 LCSP.

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Criterios de adjudicación reforzados

Deben aplicarse los criterios de la mejor relación calidad-precio conforme al Art. 145 LCSP. Los criterios cuantitativos (precio) no pueden superar el 50% de la puntuación en muchos supuestos.

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Publicidad activa y transparencia

Toda la documentación de licitación debe estar disponible de forma electrónica e íntegra desde el momento de la publicación del anuncio, sin restricciones de acceso (Art. 138 LCSP).

6Plazos mínimos en contratos SARA

Los plazos mínimos para la presentación de ofertas en contratos SARA son superiores a los de los contratos no armonizados. La LCSP fija los siguientes plazos (en días naturales desde la publicación del anuncio en el DOUE):

ProcedimientoPlazo mínimo (días naturales)Reducción posible
Abierto — solicitudes (obras)30 díasHasta 15 días si se publica AACP previo
Abierto — solicitudes (servicios/suministros)35 díasHasta 15 días con tramitación electrónica
Abierto simplificado15 díasNo aplica reducción
Restringido — solicitudes participación30 díasHasta 15 días en urgencia
Restringido — proposiciones30 díasHasta 10 días en urgencia
Negociado con publicidad30 díasHasta 15 días en urgencia
Diálogo competitivo30 díasSegún Art. 174 LCSP

Plazo de suspensión (standstill): En contratos SARA, entre la notificación de la adjudicación y la formalización del contrato debe transcurrir un plazo mínimo de 15 días hábiles (Art. 153 LCSP), que permite interponer el recurso especial.

7Recurso especial: el TACRC

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), previsto en el Art. 44 LCSP, es el órgano competente para resolver el recurso especial de contratación en contratos SARA del ámbito estatal. Es un recurso administrativo especial, previo y potestativo respecto al contencioso-administrativo.

Actos recurribles (Art. 44.2 LCSP)

  • • Anuncios de licitación y pliegos
  • • Actos de trámite que decidan sobre la admisión y exclusión de candidatos
  • • Acuerdos de adjudicación
  • • Modificaciones contractuales no previstas en el pliego
  • • Decisiones de desistimiento y renuncia a celebrar el contrato

Plazos y efectos (Arts. 50-52 LCSP)

  • • Plazo de interposición: 15 días hábiles desde la publicación o notificación del acto
  • • Efecto suspensivo automático desde la interposición
  • • Resolución en 2 meses desde la admisión
  • • Posibilidad de medidas cautelares adicionales
  • • Resolución vinculante para el órgano de contratación

Órganos autonómicos equivalentes

Las Comunidades Autónomas pueden crear sus propios órganos de recurso especial. Muchas lo han hecho (Cataluña — TCCSP, País Vasco — OARC/KEAO, Andalucía — TARC, Madrid — TACPM, entre otros). Para contratos de las CCAA y sus entidades, la competencia corresponde a estos órganos autonómicos.

8Lotes y contratos mixtos

Cuando un contrato se divide en lotes, el umbral SARA se determina sobre el VEC agregado de todos los lotes. Si el contrato global supera el umbral, todos los lotes son SARA, aunque individualmente sean inferiores al umbral.

Excepción del Art. 101.3 LCSP (regla del 20%)

La LCSP permite no aplicar el régimen SARA a los lotes de menor valor que cumplan simultáneamente dos condiciones:

  • 1.El VEC del lote sea inferior a 80.000 € (servicios/suministros) o 1.000.000 € (obras)
  • 2.El conjunto de esos lotes excluidos no supere el 20% del VEC total del contrato

En los contratos mixtos (que combinan prestaciones de distinta naturaleza), el régimen aplicable se determina por la prestación principal o, si no es posible identificarla, por la de mayor valor (Arts. 18 y 34.2 LCSP). Si alguna de las prestaciones es SARA, el contrato completo se tratará como SARA.

9Errores frecuentes en contratos SARA

01

No publicar en el DOUE antes que en el BOE

La publicación en el DOUE siempre debe preceder a la del BOE/boletín autonómico. Publicar primero a nivel nacional invalida el procedimiento y puede ser causa de nulidad.

02

Calcular el VEC solo sobre el año en curso

El VEC debe incluir las prórrogas previstas, modificaciones potenciales y opciones. Calcularlo solo sobre el precio anual o el periodo inicial puede llevar a no detectar que se supera el umbral.

03

Omitir el periodo de standstill

No respetar el plazo de 15 días hábiles entre notificación de adjudicación y formalización puede conllevar la nulidad del contrato (Art. 39.2.d LCSP).

04

Fragmentar el objeto para evitar el umbral

El fraccionamiento artificial está prohibido y puede dar lugar a responsabilidad disciplinaria. La JCCA y el TACRC han sancionado casos en los que se dividía el objeto sin justificación técnica.

05

No aplicar los plazos mínimos SARA

Utilizar plazos inferiores a los previstos para contratos SARA (ej. aplicar los plazos del procedimiento abierto simplificado a contratos que superan el umbral) genera defectos de forma susceptibles de recurso.

10Preguntas frecuentes

¿Qué significa que un contrato sea SARA?
SARA significa Sujeto a Regulación Armonizada. Son contratos cuyo valor estimado supera los umbrales UE y quedan sometidos a las Directivas europeas, con obligaciones adicionales de publicidad, plazos y recurso especial.
¿Cuáles son los umbrales SARA para 2024 y 2025?
Para obras: 5.538.000 €. Para suministros y servicios de la AGE: 143.000 €. Para el resto de entidades del sector público: 221.000 €. Para concesiones de obras y de servicios: 5.538.000 €. Establecidos por el Reglamento Delegado (UE) 2023/2495.
¿Cómo se calcula el Valor Estimado del Contrato?
El VEC (Art. 101 LCSP) es el importe total sin IVA, sumando prórrogas previstas, modificaciones potenciales (hasta el 10%) y todas las opciones posibles. No incluye el IVA.
¿Qué obligaciones adicionales tienen los contratos SARA?
Publicar el anuncio en el DOUE antes que en el BOE, respetar plazos mínimos más amplios, permitir el recurso especial ante el TACRC con efecto suspensivo automático, y remitir el anuncio de adjudicación al DOUE en 30 días.
¿Pueden dividirse los contratos para eludir los umbrales SARA?
No. El Art. 99.2 LCSP prohíbe expresamente el fraccionamiento artificial. Si la división busca evadir el umbral, el contrato puede ser declarado nulo y los responsables incurrir en responsabilidad disciplinaria.
¿El recurso especial es obligatorio en todos los contratos SARA?
Sí. El Art. 44 LCSP establece que los actos de licitación de contratos SARA son susceptibles de recurso especial con efecto suspensivo automático. El órgano competente es el TACRC a nivel estatal o el equivalente autonómico.

Fuentes y referencias legales

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