Artículo

Suspensión de la Licitación

Paralización temporal del procedimiento.

Gestión
21 de marzo de 2026
1 min lectura

Paralización temporal del procedimiento de contratación por causas justificadas: recurso especial, revisión de oficio, necesidad de ampliar plazo de recepción de ofertas, o imposibilidad material de continuar. La Administración debe motivar la suspensión y notificarla a todos los interesados. Se diferencia del desistimiento en que la suspensión es temporal y no definitiva.

Compartir
XLinkedInWhatsApp

¿Listo para ganar más licitaciones?

Automatiza tu proceso de licitación con inteligencia artificial. Sin compromiso, sin tarjeta de crédito.