Artículo

Subcontratación

Cesión de parte del contrato a un tercero.

Contratos
21 de marzo de 2026
1 min lectura

Posibilidad de que el contratista adjudicatario encomiende a terceros la realización parcial de la prestación contratada. La LCSP limita la subcontratación al 60% del importe de adjudicación (salvo que los pliegos establezcan otro porcentaje). Debe comunicarse al órgano de contratación e identificar al subcontratista. El contratista principal sigue siendo el responsable ante la Administración.

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