¿Qué son los Criterios de Solvencia?
Los criterios de solvencia son los requisitos que los licitadores deben acreditar para demostrar su capacidad de ejecutar un contrato público. Se regulan en los artículos 87 a 94 de la LCSP.
Tipos de solvencia
1. Solvencia económica y financiera (art. 87 LCSP)
- •Volumen de negocios: facturación anual mínima (generalmente 1,5× el valor del contrato)
- •Patrimonio neto: positivo y suficiente
- •Seguros: póliza de responsabilidad civil vigente
- •Cuentas anuales: depositadas en el Registro Mercantil
2. Solvencia técnica o profesional (arts. 88-91 LCSP)
- •Experiencia: contratos similares ejecutados en los últimos 3-5 años
- •Personal técnico: cualificación del equipo asignado
- •Medios técnicos: maquinaria, instalaciones, certificaciones
- •Certificaciones: ISO 9001, ISO 14001, etc.
Medios de acreditación
- •DEUC (Documento Europeo Único de Contratación): declaración inicial
- •Certificado del ROLECE: Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
- •Clasificación empresarial: para contratos de obras >500.000 € y servicios >categoría determinada
Errores comunes
- •No verificar los umbrales de solvencia antes de presentar oferta
- •Presentar certificados caducados
- •No disponer de experiencia en contratos similares
- •Olvidar estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social