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¿Qué es la Facturación Electrónica en contratos públicos?

Obligación de presentar facturas en formato electrónico estructurado para cobrar por la ejecución de contratos con la administración.

Gestión
21 de marzo de 2026
1 min lectura

¿Qué es la Facturación Electrónica?

La facturación electrónica es obligatoria para los proveedores de la administración pública española desde la Ley 25/2013. Todas las facturas derivadas de contratos públicos deben presentarse en formato electrónico estructurado a través del sistema FACe.

Plataformas de facturación

  • FACe: Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (AGE)
  • e-FACT (Cataluña) y otros sistemas autonómicos
  • Formato: Facturae 3.2 (estándar español)

Datos obligatorios en la factura

  • Código DIR3 del órgano de contratación (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora)
  • Referencia del contrato o expediente
  • Descripción de las prestaciones
  • Base imponible, tipo de IVA e importe total
  • Datos del proveedor (NIF, domicilio)

Plazos de pago

ConceptoPlazo
Reconocimiento de la obligación30 días desde la conformidad
Pago30 días desde el reconocimiento
Intereses de demoraAutomáticos si se supera el plazo

Consejos para proveedores

  • Obtén el código DIR3 antes de emitir la primera factura
  • Registra tu empresa en FACe con certificado digital
  • Vincula cada factura al contrato correspondiente
  • Reclama intereses de demora: son un derecho automático
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