¿Qué es el Procedimiento de Revisión y Apelación?
El procedimiento de revisión y apelación comprende los mecanismos legales que tienen los licitadores para impugnar las decisiones de la administración en los procesos de contratación pública.
Vías de impugnación disponibles
1. Recurso especial (art. 44 LCSP)
- •Ámbito: contratos armonizados y contratos >100.000€/300.000€
- •Plazo: 15 días hábiles
- •Órgano: TACRC o equivalente autonómico
- •Efecto: suspensión automática de la adjudicación
2. Cuestión de nulidad (art. 37 LCSP)
- •Ámbito: contratos que no admiten recurso especial
- •Plazo: 30 días naturales
- •Órgano: TACRC
- •Causa: vicios de nulidad de pleno derecho
3. Recurso de reposición
- •Ámbito: alternativa al recurso especial
- •Plazo: 1 mes
- •Órgano: el propio órgano de contratación
- •Carácter: potestativo
4. Recurso contencioso-administrativo
- •Ámbito: cualquier acto firme en vía administrativa
- •Plazo: 2 meses
- •Órgano: Juzgado de lo contencioso
- •Carácter: vía judicial
Estrategia de impugnación
- •Evalúa la viabilidad: no todas las decisiones son impugnables
- •Identifica los vicios: de fondo o de procedimiento
- •Recopila pruebas: documentación, comunicaciones
- •Busca asesoría especializada: un abogado administrativista